diff --git a/.copier-answers.yml b/.copier-answers.yml index 2527b137596..b54210dda76 100644 --- a/.copier-answers.yml +++ b/.copier-answers.yml @@ -1,5 +1,5 @@ # Do NOT update manually; changes here will be overwritten by Copier -_commit: v1.20 +_commit: v1.21.1 _src_path: gh:oca/oca-addons-repo-template additional_ruff_rules: [] ci: GitHub diff --git a/.github/workflows/stale.yml b/.github/workflows/stale.yml index 1693a1253bd..fa17fcd4e85 100644 --- a/.github/workflows/stale.yml +++ b/.github/workflows/stale.yml @@ -9,7 +9,7 @@ jobs: runs-on: ubuntu-latest steps: - name: Stale PRs and issues policy - uses: actions/stale@v4 + uses: actions/stale@v9 with: repo-token: ${{ secrets.GITHUB_TOKEN }} # General settings. @@ -48,7 +48,7 @@ jobs: # * Issues that are pending more information # * Except Issues marked as "no stale" - name: Needs more information stale issues policy - uses: actions/stale@v4 + uses: actions/stale@v9 with: repo-token: ${{ secrets.GITHUB_TOKEN }} ascending: true diff --git a/.github/workflows/test.yml b/.github/workflows/test.yml index 36c22a87b3a..03c1acbbcf0 100644 --- a/.github/workflows/test.yml +++ b/.github/workflows/test.yml @@ -63,7 +63,9 @@ jobs: run: oca_init_test_database - name: Run tests run: oca_run_tests - - uses: codecov/codecov-action@v1 + - uses: codecov/codecov-action@v4 + with: + token: ${{ secrets.CODECOV_TOKEN }} - name: Update .pot files run: oca_export_and_push_pot https://x-access-token:${{ secrets.GIT_PUSH_TOKEN }}@github.com/${{ github.repository }} if: ${{ matrix.makepot == 'true' && github.event_name == 'push' && github.repository_owner == 'OCA' }} diff --git a/.pre-commit-config.yaml b/.pre-commit-config.yaml index 180e43cc2b5..d880f977ba7 100644 --- a/.pre-commit-config.yaml +++ b/.pre-commit-config.yaml @@ -16,6 +16,8 @@ exclude: | readme/.*\.(rst|md)$| # Ignore build and dist directories in addons /build/|/dist/| + # Ignore test files in addons + /tests/samples/.*| # You don't usually want a bot to modify your legal texts (LICENSE.*|COPYING.*) default_language_version: diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/README.rst b/l10n_es_aeat_mod347/README.rst index 6b91c8d19f3..2202a05005d 100644 --- a/l10n_es_aeat_mod347/README.rst +++ b/l10n_es_aeat_mod347/README.rst @@ -28,46 +28,49 @@ AEAT modelo 347 |badge1| |badge2| |badge3| |badge4| |badge5| -(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) -Basado en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los -diseños físicos y lógicos del 347. +(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Basado en la Orden +EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los diseños +físicos y lógicos del 347. De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a presentar el modelo 347: -* Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al régimen - de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que desarrollen - actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado - operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad, - cualquiera que sea su naturaleza o carácter, hayan superado la cifra de - 3.005,06 € durante el año natural al que se refiere la declaración. Para el - cálculo de la cifra de 3.005,06 € se computan de forma separada las entregas - de biene y servicios y las adquisiciones de los mismos. -* En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad de - Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir las - facturas sin incluir la cuantía del IRPF. -* En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas en - este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha del - proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". - -De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo 347: - -* Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin - tener en territorio español la sede de su actividad, un establecimiento - permanente o su domicilio fiscal. -* Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en - el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el - régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los - régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería - y pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén - excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. -* Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su - conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. -* Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones - no declarables. -* Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones - incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que realicen - operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo 347. +- Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al + régimen de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que + desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y + cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de + otra persona o Entidad, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, + hayan superado la cifra de 3.005,06 € durante el año natural al que + se refiere la declaración. Para el cálculo de la cifra de 3.005,06 € + se computan de forma separada las entregas de biene y servicios y las + adquisiciones de los mismos. +- En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad + de Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir + las facturas sin incluir la cuantía del IRPF. +- En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser + presentadas en este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar + en la ficha del proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". + +De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo +347: + +- Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales + sin tener en territorio español la sede de su actividad, un + establecimiento permanente o su domicilio fiscal. +- Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas + en el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el + régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los + régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y + pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén + excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. +- Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en + su conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. +- Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente + operaciones no declarables. +- Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones + incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que + realicen operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo + 347. (http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/23/pdfs/A42154-42190.pdf) @@ -89,76 +92,82 @@ Usage Para realizar una declaración del modelo 347: -#. Vaya a *Facturación > Declaraciones AEAT > Modelo 347*. -#. Pulse en el botón "Crear". -#. Seleccione el año para la declaración. -#. Pulse en "Calcular". -#. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que tenga), - aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la que se podrán - revisar cada uno de los registros detectados. -#. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún dato - que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la AEAT. -#. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer contacto - de facturación que esté establecido en la empresa pulsando el botón - "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío masivo, dejando el - mensaje enviado en el hilo de comunicación (chatter) de cada registro. - En ese momento, todos los registros pasarán a estado "Enviado" -#. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de comunicación - pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece en la parte superior - derecha de la pestaña "Registros de empresa". -#. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si todavía no - está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el botón "Establecer a - pendiente" de la vista de detalle), pulsando sobre el botón "Enviar" de la - vista de detalle, o en el icono del sobre en la vista de listado. -#. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro pulsando - sobre los botones del check de verificación o de la X en la vista de - listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o - "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. -#. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un gris - atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, aparecerá en - un marrón claro. -#. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 botones - que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. **NOTA:** Para - poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al exterior y tener bien - configurados URL, redirecciones, proxy, etc. Cuando la empresa externa pulse - en uno de esos botones, se realizará la validación/rechazo en el registro. -#. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y entonces - la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y notificará a los - seguidores que estén del mismo. Por defecto, el único seguidor que se - añade es el usuario que ha realizado la declaración. **NOTA:** Para que - esto funcione, debe tener bien configurado todos los parámetros relativos - a catchall, correo entrante, etc. -#. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para - aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. -#. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón - "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya fijos. -#. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para su - subida en la web de la AEAT. +1. Vaya a *Facturación > Declaraciones AEAT > Modelo 347*. +2. Pulse en el botón "Crear". +3. Seleccione el año para la declaración. +4. Pulse en "Calcular". +5. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que + tenga), aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la + que se podrán revisar cada uno de los registros detectados. +6. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún + dato que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la + AEAT. +7. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer + contacto de facturación que esté establecido en la empresa pulsando + el botón "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío + masivo, dejando el mensaje enviado en el hilo de comunicación + (chatter) de cada registro. En ese momento, todos los registros + pasarán a estado "Enviado" +8. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de + comunicación pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece + en la parte superior derecha de la pestaña "Registros de empresa". +9. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si + todavía no está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el + botón "Establecer a pendiente" de la vista de detalle), pulsando + sobre el botón "Enviar" de la vista de detalle, o en el icono del + sobre en la vista de listado. +10. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro + pulsando sobre los botones del check de verificación o de la X en la + vista de listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o + "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. +11. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un + gris atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, + aparecerá en un marrón claro. +12. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 + botones que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. + **NOTA:** Para poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al + exterior y tener bien configurados URL, redirecciones, proxy, etc. + Cuando la empresa externa pulse en uno de esos botones, se realizará + la validación/rechazo en el registro. +13. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y + entonces la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y + notificará a los seguidores que estén del mismo. Por defecto, el + único seguidor que se añade es el usuario que ha realizado la + declaración. **NOTA:** Para que esto funcione, debe tener bien + configurado todos los parámetros relativos a catchall, correo + entrante, etc. +14. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para + aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. +15. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón + "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya + fijos. +16. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para + su subida en la web de la AEAT. Known issues / Roadmap ====================== -* Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una fecha - específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha del proveedor - con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en el siguiente - periodo. -* Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para tenerlo - en cuenta en la suma de totales. -* No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración - C, D, E, F y G. -* Realizar declaración solo de proveedores. -* No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades - aseguradoras). -* No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. -* No se incluye la gestión del criterio de caja. -* No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. -* No se incluye la gestión de depósito aduanero. -* No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para las - operaciones de efectivo. -* Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por - defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, - hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en el - 347. +- Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una + fecha específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha + del proveedor con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare + en el siguiente periodo. +- Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para + tenerlo en cuenta en la suma de totales. +- No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración C, + D, E, F y G. +- Realizar declaración solo de proveedores. +- No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades + aseguradoras). +- No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. +- No se incluye la gestión del criterio de caja. +- No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. +- No se incluye la gestión de depósito aduanero. +- No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual + para las operaciones de efectivo. +- Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por + defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, + hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir + en el 347. Bug Tracker =========== @@ -174,33 +183,34 @@ Credits ======= Authors -~~~~~~~ +------- * Tecnativa * PESOL Contributors -~~~~~~~~~~~~ +------------ -* Pexego (http://www.pexego.es) -* ASR-OSS (http://www.asr-oss.com) -* NaN·tic (http://www.nan-tic.com) -* Acysos (http://www.acysos.com) -* Joaquín Gutierrez (http://gutierrezweb.es) -* Angel Moya -* Albert Cabedo -* `Tecnativa `_: +- Pexego (http://www.pexego.es) +- ASR-OSS (http://www.asr-oss.com) +- NaN·tic (http://www.nan-tic.com) +- Acysos (http://www.acysos.com) +- Joaquín Gutierrez (http://gutierrezweb.es) +- Angel Moya +- Albert Cabedo +- `Tecnativa `__: - * Antonio Espinosa - * Pedro M. Baeza - * Cristina Martín - * Carlos Dauden -* `Sygel `_: + - Antonio Espinosa + - Pedro M. Baeza + - Cristina Martín + - Carlos Dauden - * Manuel Regidor +- `Sygel `__: + + - Manuel Regidor Maintainers -~~~~~~~~~~~ +----------- This module is maintained by the OCA. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md new file mode 100644 index 00000000000..f29f614122e --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.md @@ -0,0 +1,14 @@ +- Pexego () +- ASR-OSS () +- NaN·tic () +- Acysos () +- Joaquín Gutierrez () +- Angel Moya \<\> +- Albert Cabedo \<\> +- [Tecnativa](https://www.tecnativa.com): + - Antonio Espinosa + - Pedro M. Baeza + - Cristina Martín + - Carlos Dauden +- [Sygel](https://www.sygel.es): + - Manuel Regidor diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst deleted file mode 100644 index c49365ba214..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/CONTRIBUTORS.rst +++ /dev/null @@ -1,16 +0,0 @@ -* Pexego (http://www.pexego.es) -* ASR-OSS (http://www.asr-oss.com) -* NaN·tic (http://www.nan-tic.com) -* Acysos (http://www.acysos.com) -* Joaquín Gutierrez (http://gutierrezweb.es) -* Angel Moya -* Albert Cabedo -* `Tecnativa `_: - - * Antonio Espinosa - * Pedro M. Baeza - * Cristina Martín - * Carlos Dauden -* `Sygel `_: - - * Manuel Regidor diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md new file mode 100644 index 00000000000..620294c5c7b --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.md @@ -0,0 +1,45 @@ +(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Basado en la Orden +EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los diseños +físicos y lógicos del 347. + +De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a +presentar el modelo 347: + +- Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al + régimen de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que + desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y + cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de + otra persona o Entidad, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, + hayan superado la cifra de 3.005,06 € durante el año natural al que se + refiere la declaración. Para el cálculo de la cifra de 3.005,06 € se + computan de forma separada las entregas de biene y servicios y las + adquisiciones de los mismos. +- En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad + de Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir + las facturas sin incluir la cuantía del IRPF. +- En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas + en este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha + del proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". + +De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo +347: + +- Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales + sin tener en territorio español la sede de su actividad, un + establecimiento permanente o su domicilio fiscal. +- Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en + el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el + régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los + régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y + pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén + excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. +- Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su + conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. +- Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente + operaciones no declarables. +- Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones + incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que + realicen operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo + 347. + +() diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst deleted file mode 100644 index 11d680c555d..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/DESCRIPTION.rst +++ /dev/null @@ -1,42 +0,0 @@ -(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) -Basado en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los -diseños físicos y lógicos del 347. - -De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a -presentar el modelo 347: - -* Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al régimen - de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que desarrollen - actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado - operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad, - cualquiera que sea su naturaleza o carácter, hayan superado la cifra de - 3.005,06 € durante el año natural al que se refiere la declaración. Para el - cálculo de la cifra de 3.005,06 € se computan de forma separada las entregas - de biene y servicios y las adquisiciones de los mismos. -* En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad de - Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir las - facturas sin incluir la cuantía del IRPF. -* En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas en - este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha del - proveedor la opción de "Incluir en el informe 347". - -De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo 347: - -* Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin - tener en territorio español la sede de su actividad, un establecimiento - permanente o su domicilio fiscal. -* Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en - el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el - régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los - régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería - y pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén - excluidas de la aplicación de los expresados regímenes. -* Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su - conjunto superen la cifra de 3.005,06 €. -* Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones - no declarables. -* Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones - incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que realicen - operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo 347. - -(http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/23/pdfs/A42154-42190.pdf) diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.md similarity index 63% rename from l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.rst rename to l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.md index 4c973d79a52..12b4d953f22 100644 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.rst +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/INSTALL.md @@ -1,4 +1,4 @@ Para instalar este módulo, es necesario el módulo *account_tax_balance*, disponible en: -https://github.com/OCA/account-financial-reporting + diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md new file mode 100644 index 00000000000..a95b539cbb4 --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.md @@ -0,0 +1,21 @@ +- Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una + fecha específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha + del proveedor con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en + el siguiente periodo. +- Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para + tenerlo en cuenta en la suma de totales. +- No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración C, D, + E, F y G. +- Realizar declaración solo de proveedores. +- No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades + aseguradoras). +- No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. +- No se incluye la gestión del criterio de caja. +- No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. +- No se incluye la gestión de depósito aduanero. +- No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para + las operaciones de efectivo. +- Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por + defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, + hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en + el 347. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst deleted file mode 100644 index a51c3e8ab44..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/ROADMAP.rst +++ /dev/null @@ -1,21 +0,0 @@ -* Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una fecha - específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha del proveedor - con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en el siguiente - periodo. -* Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para tenerlo - en cuenta en la suma de totales. -* No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración - C, D, E, F y G. -* Realizar declaración solo de proveedores. -* No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades - aseguradoras). -* No se permite marcar las operaciones como de arrendamiento. -* No se incluye la gestión del criterio de caja. -* No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo. -* No se incluye la gestión de depósito aduanero. -* No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para las - operaciones de efectivo. -* Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por - defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, - hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en el - 347. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.md b/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.md new file mode 100644 index 00000000000..b2b91c1b8eb --- /dev/null +++ b/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.md @@ -0,0 +1,53 @@ +Para realizar una declaración del modelo 347: + +1. Vaya a *Facturación \> Declaraciones AEAT \> Modelo 347*. +2. Pulse en el botón "Crear". +3. Seleccione el año para la declaración. +4. Pulse en "Calcular". +5. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que + tenga), aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la + que se podrán revisar cada uno de los registros detectados. +6. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún + dato que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la + AEAT. +7. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer + contacto de facturación que esté establecido en la empresa pulsando + el botón "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío + masivo, dejando el mensaje enviado en el hilo de comunicación + (chatter) de cada registro. En ese momento, todos los registros + pasarán a estado "Enviado" +8. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de + comunicación pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece + en la parte superior derecha de la pestaña "Registros de empresa". +9. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si + todavía no está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el + botón "Establecer a pendiente" de la vista de detalle), pulsando + sobre el botón "Enviar" de la vista de detalle, o en el icono del + sobre en la vista de listado. +10. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro + pulsando sobre los botones del check de verificación o de la X en la + vista de listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o + "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. +11. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un + gris atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, + aparecerá en un marrón claro. +12. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 + botones que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. + **NOTA:** Para poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al + exterior y tener bien configurados URL, redirecciones, proxy, etc. + Cuando la empresa externa pulse en uno de esos botones, se realizará + la validación/rechazo en el registro. +13. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y + entonces la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y + notificará a los seguidores que estén del mismo. Por defecto, el + único seguidor que se añade es el usuario que ha realizado la + declaración. **NOTA:** Para que esto funcione, debe tener bien + configurado todos los parámetros relativos a catchall, correo + entrante, etc. +14. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para + aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. +15. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón + "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya + fijos. +16. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para + su subida en la web de la AEAT. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst b/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst deleted file mode 100644 index b98b6aa1ccc..00000000000 --- a/l10n_es_aeat_mod347/readme/USAGE.rst +++ /dev/null @@ -1,47 +0,0 @@ -Para realizar una declaración del modelo 347: - -#. Vaya a *Facturación > Declaraciones AEAT > Modelo 347*. -#. Pulse en el botón "Crear". -#. Seleccione el año para la declaración. -#. Pulse en "Calcular". -#. Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que tenga), - aparecerá una nueva pestaña "Registros de empresas", en la que se podrán - revisar cada uno de los registros detectados. -#. Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún dato - que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la AEAT. -#. Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer contacto - de facturación que esté establecido en la empresa pulsando el botón - "Enviar correos electrónicos". Esto realizará el envío masivo, dejando el - mensaje enviado en el hilo de comunicación (chatter) de cada registro. - En ese momento, todos los registros pasarán a estado "Enviado" -#. Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de comunicación - pulsando sobre el smart-button "Registros" que aparece en la parte superior - derecha de la pestaña "Registros de empresa". -#. También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si todavía no - está en estado "Enviado" (o pulsando previamente en el botón "Establecer a - pendiente" de la vista de detalle), pulsando sobre el botón "Enviar" de la - vista de detalle, o en el icono del sobre en la vista de listado. -#. Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro pulsando - sobre los botones del check de verificación o de la X en la vista de - listado, o bien sobre los botones "Confirmar como válido" o - "Establecer a no válido" de la vista de detalle del registro. -#. Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un gris - atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, aparecerá en - un marrón claro. -#. En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 botones - que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. **NOTA:** Para - poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al exterior y tener bien - configurados URL, redirecciones, proxy, etc. Cuando la empresa externa pulse - en uno de esos botones, se realizará la validación/rechazo en el registro. -#. La empresa externa también puede responder al correo recibido, y entonces - la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y notificará a los - seguidores que estén del mismo. Por defecto, el único seguidor que se - añade es el usuario que ha realizado la declaración. **NOTA:** Para que - esto funcione, debe tener bien configurado todos los parámetros relativos - a catchall, correo entrante, etc. -#. También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para - aquellos que no estén reflejados en el modelo 115. -#. Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón - "Confirmar" para confirmar la declaración y dejar los datos ya fijos. -#. Pulsando en el botón "Exportar a BOE", podrá obtener un archivo para su - subida en la web de la AEAT. diff --git a/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html b/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html index 070a200e2d5..f67130f5252 100644 --- a/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html +++ b/l10n_es_aeat_mod347/static/description/index.html @@ -8,10 +8,11 @@ /* :Author: David Goodger (goodger@python.org) -:Id: $Id: html4css1.css 8954 2022-01-20 10:10:25Z milde $ +:Id: $Id: html4css1.css 9511 2024-01-13 09:50:07Z milde $ :Copyright: This stylesheet has been placed in the public domain. Default cascading style sheet for the HTML output of Docutils. +Despite the name, some widely supported CSS2 features are used. See https://docutils.sourceforge.io/docs/howto/html-stylesheets.html for how to customize this style sheet. @@ -274,7 +275,7 @@ margin-left: 2em ; margin-right: 2em } -pre.code .ln { color: grey; } /* line numbers */ +pre.code .ln { color: gray; } /* line numbers */ pre.code, code { background-color: #eeeeee } pre.code .comment, code .comment { color: #5C6576 } pre.code .keyword, code .keyword { color: #3B0D06; font-weight: bold } @@ -300,7 +301,7 @@ span.pre { white-space: pre } -span.problematic { +span.problematic, pre.problematic { color: red } span.section-subtitle { @@ -369,45 +370,48 @@

AEAT modelo 347

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-

(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) -Basado en la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los -diseños físicos y lógicos del 347.

+

(Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Basado en la Orden +EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por el que se aprueban los diseños +físicos y lógicos del 347.

De acuerdo con la normativa de la Hacienda Española, están obligados a presentar el modelo 347:

    -
  • Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al régimen -de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que desarrollen -actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado -operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad, -cualquiera que sea su naturaleza o carácter, hayan superado la cifra de -3.005,06 € durante el año natural al que se refiere la declaración. Para el -cálculo de la cifra de 3.005,06 € se computan de forma separada las entregas -de biene y servicios y las adquisiciones de los mismos.
  • -
  • En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad de -Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir las -facturas sin incluir la cuantía del IRPF.
  • -
  • En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser presentadas en -este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar en la ficha del -proveedor la opción de “Incluir en el informe 347”.
  • +
  • Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no esten acogidas al +régimen de módulos en el IRPF, de naturaleza pública o privada que +desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y +cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de +otra persona o Entidad, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, +hayan superado la cifra de 3.005,06 € durante el año natural al que +se refiere la declaración. Para el cálculo de la cifra de 3.005,06 € +se computan de forma separada las entregas de biene y servicios y las +adquisiciones de los mismos.
  • +
  • En el caso de Sociedades Irregulares, Sociedades Civiles y Comunidad +de Bienes no acogidas el regimen de módulos en el IRPF, deben incluir +las facturas sin incluir la cuantía del IRPF.
  • +
  • En el caso de facturas de proveedor con IRPF, no deben ser +presentadas en este modelo. Se presentan en el modelo 190. Desactivar +en la ficha del proveedor la opción de “Incluir en el informe 347”.
-

De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo 347:

+

De acuerdo con la normativa, no están obligados a presentar el modelo +347:

    -
  • Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin -tener en territorio español la sede de su actividad, un establecimiento -permanente o su domicilio fiscal.
  • -
  • Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en -el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el +
  • Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales +sin tener en territorio español la sede de su actividad, un +establecimiento permanente o su domicilio fiscal.
  • +
  • Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas +en el IRPF, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los -régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería -y pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén +régimenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y +pesca o recargo de equivalencia, salvo las operaciones que estén excluidas de la aplicación de los expresados regímenes.
  • -
  • Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su -conjunto superen la cifra de 3.005,06 €.
  • -
  • Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones -no declarables.
  • +
  • Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en +su conjunto superen la cifra de 3.005,06 €.
  • +
  • Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente +operaciones no declarables.
  • Los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones -incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que realicen -operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo 347.
  • +incluidas en los libros registro de IVA (modelo 340) salvo que +realicen operaciones que expresamente deban incluirse en el modelo +347.

(http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/23/pdfs/A42154-42190.pdf)

Table of contents

@@ -439,60 +443,66 @@

Usage

  • Pulse en el botón “Crear”.
  • Seleccione el año para la declaración.
  • Pulse en “Calcular”.
  • -
  • Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que tenga), -aparecerá una nueva pestaña “Registros de empresas”, en la que se podrán -revisar cada uno de los registros detectados.
  • -
  • Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún dato -que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la AEAT.
  • -
  • Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer contacto -de facturación que esté establecido en la empresa pulsando el botón -“Enviar correos electrónicos”. Esto realizará el envío masivo, dejando el -mensaje enviado en el hilo de comunicación (chatter) de cada registro. -En ese momento, todos los registros pasarán a estado “Enviado”
  • -
  • Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de comunicación -pulsando sobre el smart-button “Registros” que aparece en la parte superior -derecha de la pestaña “Registros de empresa”.
  • -
  • También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si todavía no -está en estado “Enviado” (o pulsando previamente en el botón “Establecer a -pendiente” de la vista de detalle), pulsando sobre el botón “Enviar” de la -vista de detalle, o en el icono del sobre en la vista de listado.
  • -
  • Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro pulsando -sobre los botones del check de verificación o de la X en la vista de -listado, o bien sobre los botones “Confirmar como válido” o +
  • Al cabo de un rato (dependerá de la cantidad de registros que +tenga), aparecerá una nueva pestaña “Registros de empresas”, en la +que se podrán revisar cada uno de los registros detectados.
  • +
  • Si la línea del registro aparece en rojo, significa que falta algún +dato que debe ser rellenado para poder realizar la declaración en la +AEAT.
  • +
  • Puede enviar masivamente los datos de todos los registros al primer +contacto de facturación que esté establecido en la empresa pulsando +el botón “Enviar correos electrónicos”. Esto realizará el envío +masivo, dejando el mensaje enviado en el hilo de comunicación +(chatter) de cada registro. En ese momento, todos los registros +pasarán a estado “Enviado”
  • +
  • Puede acceder a los detalles del registro y ver el hilo de +comunicación pulsando sobre el smart-button “Registros” que aparece +en la parte superior derecha de la pestaña “Registros de empresa”.
  • +
  • También se pueden realizar envíos aislados de cada registro si +todavía no está en estado “Enviado” (o pulsando previamente en el +botón “Establecer a pendiente” de la vista de detalle), pulsando +sobre el botón “Enviar” de la vista de detalle, o en el icono del +sobre en la vista de listado.
  • +
  • Puede registrar a mano la conformidad o disconformidad del registro +pulsando sobre los botones del check de verificación o de la X en la +vista de listado, o bien sobre los botones “Confirmar como válido” o “Establecer a no válido” de la vista de detalle del registro.
  • -
  • Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un gris -atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, aparecerá en -un marrón claro.
  • -
  • En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 botones -que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. NOTA: Para -poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al exterior y tener bien -configurados URL, redirecciones, proxy, etc. Cuando la empresa externa pulse -en uno de esos botones, se realizará la validación/rechazo en el registro.
  • -
  • La empresa externa también puede responder al correo recibido, y entonces -la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y notificará a los -seguidores que estén del mismo. Por defecto, el único seguidor que se -añade es el usuario que ha realizado la declaración. NOTA: Para que -esto funcione, debe tener bien configurado todos los parámetros relativos -a catchall, correo entrante, etc.
  • +
  • Cuando establezca como válido el registro, la línea aparecerá en un +gris atenuado, y si por el contrario lo establece como no válido, +aparecerá en un marrón claro.
  • +
  • En la plantilla del correo enviado a las empresas, se incluyen 2 +botones que permiten la aceptación/rechazo automático del registro. +NOTA: Para poder realizarlo, su Odoo debe ser accesible al +exterior y tener bien configurados URL, redirecciones, proxy, etc. +Cuando la empresa externa pulse en uno de esos botones, se realizará +la validación/rechazo en el registro.
  • +
  • La empresa externa también puede responder al correo recibido, y +entonces la respuesta se colocará en el hilo de ese registro y +notificará a los seguidores que estén del mismo. Por defecto, el +único seguidor que se añade es el usuario que ha realizado la +declaración. NOTA: Para que esto funcione, debe tener bien +configurado todos los parámetros relativos a catchall, correo +entrante, etc.
  • También puede introducir manualmente los registros de inmuebles para aquellos que no estén reflejados en el modelo 115.
  • Una vez cotejados todos los registros, se puede pulsar en el botón -“Confirmar” para confirmar la declaración y dejar los datos ya fijos.
  • -
  • Pulsando en el botón “Exportar a BOE”, podrá obtener un archivo para su -subida en la web de la AEAT.
  • +“Confirmar” para confirmar la declaración y dejar los datos ya +fijos. +
  • Pulsando en el botón “Exportar a BOE”, podrá obtener un archivo para +su subida en la web de la AEAT.
  • Known issues / Roadmap

      -
    • Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una fecha -específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha del proveedor -con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare en el siguiente -periodo.
    • -
    • Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para tenerlo -en cuenta en la suma de totales.
    • -
    • No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración -C, D, E, F y G.
    • +
    • Permitir que un asiento (y por tanto, una factura) puede tener una +fecha específica a efectos del modelo 347, para así cuadrar la fecha +del proveedor con nuestro modelo aunque a efectos de IVA se declare +en el siguiente periodo.
    • +
    • Permitir indicar que una factura es de transmisión de inmuebles para +tenerlo en cuenta en la suma de totales.
    • +
    • No se incluye el cálculo automático de las claves de declaración C, +D, E, F y G.
    • Realizar declaración solo de proveedores.
    • No se permite marcar las operaciones como de seguro (para entidades aseguradoras).
    • @@ -500,12 +510,12 @@

      Known issues / Roadmap

    • No se incluye la gestión del criterio de caja.
    • No se incluye la gestión de inversión de sujeto pasivo.
    • No se incluye la gestión de depósito aduanero.
    • -
    • No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual para las -operaciones de efectivo.
    • +
    • No se rellena el año origen en caso de no coincidir con el actual +para las operaciones de efectivo.
    • Las operaciones con retención o arrendamientos aparecen en el 347 por defecto al tener también IVA asociado. Si no se quiere que aparezcan, -hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir en el -347.
    • +hay que marcar la empresa o la factura con la casilla de no incluir +en el 347.
    @@ -551,7 +561,9 @@

    Contributors

    Maintainers

    This module is maintained by the OCA.

    -Odoo Community Association + +Odoo Community Association +

    OCA, or the Odoo Community Association, is a nonprofit organization whose mission is to support the collaborative development of Odoo features and promote its widespread use.

    diff --git a/pandoc-3.1.13-1-amd64.deb b/pandoc-3.1.13-1-amd64.deb new file mode 100644 index 00000000000..4e92a180b53 Binary files /dev/null and b/pandoc-3.1.13-1-amd64.deb differ